El
Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos agradece a la Agencia
Española de Medicamentos y Productos Sanitarios la claridad y contundencia de
la nota informativa, emitida en el día de hoy, en relación a la compraventa
ilegal de medicamentos a través de sitios webs y de aplicaciones para móviles.
Tal y como viene
denunciando reiteradamente el Consejo General de Colegios Farmacéuticos, en los
últimos meses, han ido surgiendo diversas plataformas de intermediación en la
compra venta de medicamentos que incumplen la legislación vigente. Denuncias
que se han realizado ante los organismos competentes y que en el día de hoy la
Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios se ha pronunciado con
claridad, ratificando los planteamientos y argumentos esgrimidos desde la
Profesión Farmacéutica.
En este sentido, la
nota informativa de la Agencia Española recoge literalmente: “Ningún pedido o
encargo de medicamentos puede realizarse a las oficinas de farmacias si no es
directamente a través del sitio web habilitado al efecto por las oficinas de
farmacia, con la ausencia de intermediarios. El uso de intermediarios en la
compraventa infringe la normativa descrita”.
La profesión
farmacéutica española está a la cabeza de Europa en la digitalización de la
prestación farmacéutica siendo el país donde más se ha avanzado en la receta
electrónica pública, privada y veterinaria. “Somos conscientes de que hay
situaciones y retos sociales hoy que requieren respuestas profesionales por
parte de nuestro Sistema Nacional de Salud y de nuestro Sistema Social pero
siempre ha de garantizarse el cumplimiento de la legalidad vigente y la
seguridad del paciente“, comenta Jesús Aguilar, presidente del Consejo
General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos.
Para el presidente
del Consejo General de Colegios Farmacéuticos, la nota informativa de la
Agencia Española de Medicamentos debe marcar un antes y un después que ponga
fin a la existencia de este tipo de plataformas que confunden a los ciudadanos
y a los propios profesionales por infringir la normativa vigente. “Creo
que la nota no deja lugar a dudas ni a interpretaciones”, afirma Jesús
Aguilar.
De igual forma, desde
la Organización Farmacéutica Colegial se advierte también a las oficinas
farmacias de la ilegalidad que supone participar en dichas plataformas de
intermediación y subraya que la normativa vigente en nuestro país sobre la
venta por procedimientos telemáticos de medicamentos no sujetos a prescripción
es el Real Decreto 870/2013. Una normativa cuyo objetivo es la protección de la
salud pública y que establece tres importantes garantías para la población en
la venta de medicamentos a través de internet: una dispensación online que sólo
puede realizarse con la intervención de un farmacéutico, desde la web de la
farmacia responsable de la dispensación y previo asesoramiento personalizado.
Protección del
ciudadano
Desde el Consejo
General de Colegios Farmacéuticos se recuerda que la normativa vigente, dictada
al amparo de la Directiva europea sobre falsificación de medicamentos, tiene
por objetivo proporcionar las máximas garantías a los ciudadanos en el acceso
al medicamento y asegurar el máximo nivel de protección
de la salud pública.
Así, la legislación
actual favorece que la venta de medicamentos a través de Internet se haga
con las necesarias garantías
sanitarias, permitiendo a los ciudadanos identificar más fácilmente
los sitios web que pueden dispensar
legalmente medicamentos no sujetos a prescripción y distinguirlos de
aquellos que los venden ilegalmente, es decir, fuera de la cadena legal de
suministro de los mismos.
Una normativa que
permite además ejercer una función de
control y supervisión de la compraventa de medicamentos
no sujetos a prescripción a través de medios telemáticos, adoptando
las medidas oportunas en caso de detectar actividades que contravienen la
normativa, es decir, una regulación que asegura la trazabilidad y, por
consecuencia, la salud de los ciudadanos.
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