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30 November 2015

España ratifica el convenio europeo contra la falsificación de productos médicos


España ha ratificado el convenio del Consejo de Europa contra la falsificación de productos médicos que supongan una amenaza para la salud pública, que establece reglas de cooperación interestatal e institucional. Dicho acuerdo, que fue firmado por España en 2012 sumándose así al rubricado un año antes por diversos países en una ceremonia celebrada en Moscú (Rusia), entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2016.
El texto, que ha sido publicado este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), introduce una declaración relativa a su aplicación en Gibraltar, donde España recuerda que “es un territorio no autónomo de cuyas relaciones exteriores es responsable el Reino Unido”. Por tanto, en caso de intervención debe tenerse en cuenta que “las autoridades de Gibraltar tienen un carácter local y ejercen competencias exclusivamente internas que tienen su origen y fundamento en la distribución y atribución de competencias efectuadas por el Reino Unido”.
En consecuencia, añade la declaración firmada en 2013 por el rey Juan Carlos, “la eventual participación de las autoridades gibraltareñas en la aplicación del presente Convenio se entenderá realizada exclusivamente en el marco de las competencias internas de Gibraltar”.
La finalidad principal del Convenio es prevenir y combatir las amenazas que gravitan sobre la salud pública, así no pretende dar respuesta a las cuestiones relativas a los derechos de la propiedad intelectual.
Además, se establece la necesidad de elaborar un instrumento internacional centrado en los aspectos relacionados con la prevención, la protección de las víctimas y el derecho penal en materia de lucha contra todas las formas de falsificación de productos médicos y delitos similares que supongan una amenaza para la salud pública, que establezca un mecanismo de seguimiento específico
El documento reconoce que, para luchar eficazmente contra la amenaza mundial que constituyen la falsificación de productos médicos y los delitos similares que supongan una amenaza para la salud pública, debe fomentarse una estrecha cooperación internacional entre los Estados miembros y los Estados no miembros del Consejo de Europa.
La aplicación es para todos los productos médicos, estén o no protegidos por derechos de propiedad intelectual o sean o no productos genéricos, incluidos los accesorios destinados a ser utilizados con los dispositivos médicos, así como las sustancias activas, los excipientes, los elementos y los materiales destinados a ser utilizados en la fabricación de los productos médicos.

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