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14 February 2012

El TSJA y una sentencia sobre un médico al que se le negaba el derecho a objetar

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, TSJA, ha dictado sentencia favorable a un médico de familia de Antequera y le concede medidas cautelares previas, revocando así el auto desfavorable dictado en su día por el Tribunal Contencioso-Administrativo numero 3 de Málaga. Un médico de familia del Centro de Salud de Antequera, se declaró objetor en conciencia contra el aborto, por escrito, en noviembre de 2010. La gerencia del Area Sanitaria Norte de Málaga le denegó, también por escrito, la posibilidad de objetar.
Ante ello, el citado médico de familia interpuso un recurso contencioso-administrativo por la vía de especial protección de derechos fundamentales.En dicho recurso, el médico solicitaba que los tribunales se pronunciasen sobre su derecho a objetar y, mientras se producía dicha sentencia, solicitó la suspensión cautelar de la negativa del SAS.
En marzo de 2011, el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo numero 3 de Málaga dictó un Auto desfavorable, por el cual le denegaba la suspensión cautelar. El médico recurrió dicho Auto ante el TSJA y éste se ha pronunciado recientemente a su favor, revocando el auto desfavorable previo y concediendo la suspensión cautelar solicitada.
Según el Sindicato Médico de Málaga "este es un pronunciamiento judicial muy importante, por tratarse de un Tribunal Superior de Justicia, favorable en éste caso y que viene a sumarse a otros previos, como es el caso del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha. Parece ir consolidandose así una doctrina favorable a conceder suspensiones cautelares ante los intentos de limitar, por parte de las administraciones sanitarias autonómicas, el derecho a la objeción de conciencia al aborto a los medicos de familia (y, en general, a muchos otros profesionales sanitarios) por interpretar dichas autoridades sanitarias de una forma muy restricitva la L.O. 2/2010, según parece, a tenor de las sentencias producidas hasta ahora".

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