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16 November 2010

España: la Seguridad Social pagará una prestación a los padres de menores que sufren cáncer

Se acabó la «trampa». Los padres trabajadores de niños con cáncer y otras enfermedades de larga duración ya no tendrán que «mentir» a la Seguridad Social o buscar subterfugios para cuidar a sus hijos. Ni tampoco elegir entre su trabajo o estar con ellos. A partir del 1 de enero, entrará en vigor una norma por la que la Seguridad Social pagará una prestación a uno de los padres durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad.
La nueva prestación se incluirá en una enmienda a los Presupuestos Generales del Estado y es el final de una larga lucha emprendida por las asociaciones de padres con hijos con cáncer. La mayoría optaba por acogerse a una baja laboral por depresión para cuidar de ellos, como única salida después de agotar las vacaciones y los días sin sueldo que su bolsillo les permitía. Eran situaciones irregulares que las familias intentaban cambiar por bajas retribuidas durante la enfermedad de sus hijos.
El Ministerio de Trabajo ha optado por una fórmula similar a la prestación por maternidad. Se dará en los casos en los que los dos progenitores trabajen y solo uno de ellos podrá reclamarla. El padre o la madre tendrá que reducir su jornada, al menos en un 50 por ciento, y la Seguridad Social retribuirá esa pérdida económica. El subsidio será equivalente al cien por cien de la base reguladora por baja laboral y proporcional a la reducción que experimente la jornada laboral.
La idea es que la medida sea lo más flexible posible. Se podrá reducir el horario o tomar semanas completas libres si en momentos puntuales el padre o la madre necesitan acompañar a su hijo el cien por cien del horario laboral.

-Para menores de 18 años
La prestación se extinguirá cuando «no sea necesario el cuidado directo y permanente del menor» y solo se ofrecerá cuando los hijos tengan menos de 18 años. Otros requisitos para acceder a la nueva prestación son: estar afiliado a la Seguridad Social y tener cubierto el periodo de cotización mínimo requerido, como ocurre con la maternidad contributiva. La gestión y el pago corresponderán a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales o a la entidad gestora con quien la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales. Las empresas no perderán dinero ni tampoco será más oneroso para las arcas del Estado que, en la práctica, ya dan esas bajas camufladas como depresión.
Además de las familias con cáncer se podrán beneficiar de la medida los padres con hijos afectados con enfermedades graves de larga duración. Este ha sido un cambio introducido en el último tramo de la discusión. A petición de CiU, el Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad una proposición no de ley en la que pedía al Gobierno una solución para los padres de niños con cáncer.
El resto de grupos acordó ampliar este permiso retribuido a cualquier otra enfermedad de larga duración, tras la protesta de asociaciones de familiares con patologías poco frecuentes o raras. La enmienda no incluye un catálogo de patologías que podrán acogerse a la medida. «Se reconocerá una prestación económica a los progenitores, adoptantes o acogedores, en aquellos casos en que ambos trabajen, para el cuidado del menor que esté a su cargo y se encuentre afectado por cáncer o por cualquier otra enfermedad grave, que requiera ingreso hospitalario de larga duración».
Cada año 900 niños son diagnosticados con cáncer. Los oncólogos pediátricos lo tienen claro. No quieren ni abuelos ni canguros al lado del niño con cáncer. Solo los padres pueden afrontar la situación.

**Publicado en "Vocento"

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