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07 October 2010

La autorización previa para recibir asistencia sanitaria en otro país, no es contraria a derecho

El Tribunal de Justicia de la UE ha dictado sentencia desestimando el recurso interpuesto por la Comisión Europea contra Francia por exigir una autorización previa a los ciudadanos que reciben tratamientos con equipos materiales particularmente onerosos en otros países.
El Tribunal ha reconocido que el objetivo de mantener un servicio médico y hospitalario equilibrado y accesible a todos, puede estar comprendido en las excepciones por razones de salud pública previstas en el Tratado UE en la medida en que contribuye a la consecución de un elevado grado de protección de la Salud. Los gobiernos de España, Reino Unido y Finlandia han apoyado a Francia en su argumentación.
El Departamento Internacional del Consejo General de Colegios de Médicos ha dedicado su último informa “Europa al Día” a este sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre reembolso de gastos médicos.

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