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09 February 2010

Expertos analizan la utilidad de los contratos de riesgo compartido como herramienta para garantizar la eficiencia del gasto farmacéutico


Los contratos de riesgo compartido son una herramienta cada vez más utilizada entre los sistemas de salud europeos y la industria farmacéutica para garantizar la eficiencia del gasto en medicamentos. Expertos reunidos hoy en la Jornada sobre gestión del riesgo y eficiencia del gasto farmacéutico han analizado la utilidad de este tipo de contratos para la relación entre financiador y proveedor en el campo de la prestación farmacéutica.
Este encuentro, organizado por la Cátedra Fundación Abbott-Universidad Carlos III de Madrid de Economía de los medicamentos, ha contado con la participación de Félix Lobo, director de la Cátedra; de Pedro Pita, profesor de Economía en la Universidad Nueva de Lisboa; de Pere Ibern, profesor Asociado del Departamento de Economía y Empresa de la Universidad Pompeu Fabra; de Manuel García Goñi, profesor de Economía Aplicada en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad Complutense de Madrid, y de Antoni Gilabert, gerente de atención farmacéutica y prestaciones complementarias del Servicio Catalán de Salud.
Según ha explicado el profesor Félix Lobo, las condiciones de incertidumbre en las que se desarrolla la prestación farmacéutica y los riesgos inherentes para todas las partes implicadas -pacientes, administraciones públicas sanitarias, industria farmacéutica y distribuidores- son en la actualidad una de las principales preocupaciones para la administración y la industria farmacéutica. Estos riesgos pueden ser de tipo sanitario, ligados a la eficacia y seguridad del medicamento, y de tipo financiero.
Los contratos de riesgo compartido, tal y como han señalado los expertos presentes, son un conjunto de acuerdos económicos en los que el riesgo es compartido entre financiador y proveedor. El proveedor verá modificados sus beneficios en función de las consecuencias de la utilización y de los resultados del producto. En resumen, sus beneficios van acorde con los que el producto genera en el Sistema Nacional de Salud.
Existen diversos tipos de contratos de riesgo compartido. En los acuerdos de precio-volumen, el precio del medicamento se reduce según se incrementa el volumen de ventas en función de un esquema acordado entre financiador y proveedor. Existen también acuerdos ligados a la utilización de los medicamentos, su efectividad y/o los resultados clínicos obtenidos.
"Con esta jornada, hemos profundizado en las técnicas de determinación y reparto del riesgo y hemos analizado las experiencias desarrolladas en España y otros países de nuestro entorno en relación a los contratos de riesgo compartido como herramienta para alcanzar la eficiencia del gasto farmacéutico", ha señalado Marisa Poncela, directora general de la Fundación Abbott.


-Compromiso con la formación
La Cátedra Fundación Abbott-Universidad Carlos III de Madrid de Economía de los medicamentos tiene como principal objetivo promover y desarrollar la educación de postgrado y la investigación en el ámbito de las ciencias sociales aplicadas a la asistencia sanitaria y los medicamentos.
Es la tercera Cátedra de patrocinio que pone en marcha la Fundación Abbott. En el año 2005 y con la colaboración de la Universidad Autónoma de Madrid creó la "Cátedra de patrocinio sobre Medicina Intensiva y Paciente Crítico". Dos años más tarde firmó un nuevo convenio de colaboración con la Universidad Complutense de Madrid para la creación de la primera "Cátedra en Imagen Cardiovascular" que ha situado a nuestro país como un referente internacional en el estudio y difusión de las tecnologías de imagen cardiovascular.


***Pie de Foto (de izquierda a derecha): Manuel García Goñi, Félix Lobo, Marisa Poncela, Antoni Gilabert y Pere Ibern.

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