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16 July 2009

Andalucía ultima dos nuevas Guías de Cirugía estética con información sobre liposucción y abdominoplastia

La Consejería de Salud ultima dos nuevas guías con información de interés sobre liposucción y abdominoplastia. Estos documentos se pondrán a disposición de los ciudadanos a través de la página web de la consejería (www.juntadeandalucia.es/salud), tal y como establece el decreto de cirugía estética en menores, y se sumarán a los que ya existen sobre mamoplastia y rinoplastia.
El Decreto 49/2009, de 3 de marzo, de protección de las personas menores de edad que se someten a intervenciones de cirugía estética en Andalucía, establece que los menores deben recibir toda la información sobre el acto quirúrgico, incluyendo indicaciones sobre los resultados que se esperan, con sus consecuencias y posibles riesgos, las contraindicaciones y las probabilidades de repetir la intervención en el futuro.
Con este objetivo nacen guías de información como las de rinoplastia y mamoplastia, disponibles desde que entrase el decreto en vigor el pasado mes de abril, y a las que se sumarán antes de final de año las de liposucción y abdominoplastia. La Consejería de Salud pone así al alcance de ciudadanos y profesionales toda la documentación referida a este tipo de operaciones con la finalidad de que cualquier decisión que se tome al respecto esté fundamentada en un conocimiento pleno sobre la intervención.
El diseño de estos documentos es acorde a la población a la que van dirigidos. Así, aportan, en un lenguaje accesible para todo el mundo, toda la información de utilidad relacionada con las operaciones de cirugía estética más comunes.

-Banner de Cirugía Estética en Menores
Las guías informativas, así como el modelo de informe psicológico y el protocolo de valoración psicológica que deben utilizar los centros para determinar la madurez mental de aquellos menores de edad que quieran someterse a una intervención de cirugía estética están disponibles en el banner de Cirugía Estética en Menores
Este espacio ha recibido, en su primer trimestre de vigencia, un total de 2.804 accesos. De los que 519 se han registrado en el mes de abril, 1.126 en mayo, 765 en junio y 394 hasta el 15 de julio. Asimismo, las guías informativas han recibido el 16,3% de las visitas, mientras que el texto del decreto, también disponible en la misma web, ha registrado el 80,17%. Los documentos referidos al protocolo de valoración psicológica y el modelo de informe psicológico para profesionales han obtenido el 3,4% de los accesos.

-Decreto
Desde que el pasado 18 de abril entrase en vigor el Decreto 49/2009, de 3 de marzo, de protección de las personas menores de edad que se someten a intervenciones de cirugía estética en Andalucía, todos los jóvenes con menos de 18 años que deseen someterse a una operación de cirugía estética tienen que someterse a un examen psicológico previo a la intervención.
Tal y como recoge el Decreto, el informe psicológico de madurez tendrá que ser emitido por un psicólogo ajeno al centro sanitario donde se realizará la intervención y recogerá los datos profesionales del psicólogo y los personales del paciente, así como los de los tutores o representantes legales del menor. Además, indicará la metodología empleada, los resultados del estudio de madurez y las conclusiones.
Así, la evaluación psicológica abordará la comprensión plena por parte del menor de todos los beneficios, riesgos y consecuencias que supone la intervención a la que desea someterse; descartará aquellos trastornos psicológicos y alteraciones de la personalidad que puedan constituir causa de contraindicación; y valorará la madurez psicológica del menor.
El protocolo de valoración psicológica elaborado por la Consejería de Salud, y disponible en la web, establece que el examen psicológico deberá ser realizado en más de una sesión y transcurrir un tiempo mínimo de dos meses entre la primera y la última.
Siempre y cuando el informe psicológico y la valoración médica sean positivos, los jóvenes de entre 16 y 18 años podrán tomar la decisión de someterse a la intervención, por lo que serán ellos mismos quienes suscribirán el consentimiento informado. No obstante, los padres deberán ser informados y su opinión será tenida en cuenta.
En el caso de los adolescentes de entre 12 y 16 años, son los padres o tutores quienes deben autorizar la intervención, aunque será escuchada la opinión de los menores. Si el joven tiene menos de 12 años, la decisión sobre la operación corresponderá en exclusiva a sus progenitores.

-Obligaciones a centros y profesionales
En cuanto a los controles y garantías exigibles a los centros y a los profesionales, el decreto prevé la creación de un registro de datos de cirugía estética de menores con el fin de conocer los indicadores de resultados y las tasas de éxito, complicaciones y efectos secundarios. Para el mantenimiento del registro, que respetará en todo momento la confidencialidad, los centros estarán obligados a remitir semestralmente los datos exigidos a la Consejería de Salud.
Además, los centros tendrán que presentar anualmente una memoria detallada de sus instalaciones, incluyendo equipos, quirófanos, salas de despertar y unidades de reanimación. De igual modo aportarán las certificaciones de los títulos de especialista de sus profesionales y mantendrán un registro actualizado de las plantillas.
El decreto regula, además, la creación de un registro de datos sobre intervenciones de cirugía estética realizadas a menores de edad en Andalucía al objeto de conocer el número de operaciones que se realizan, sus indicaciones, los indicadores de resultados, las tasas de éxito, complicaciones presentadas, efectos secundarios acaecidos y posibles secuelas.
El registro, que tendrá que ser alimentado con una periodicidad semestral por los centros y servicios sanitarios autorizados para la realización de estas intervenciones, recogerá información desagregada por sexos, edad, lugar de nacimiento y nacionalidad.

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